RENOVACION DE RESIDENCIA PARA ESTUDIANTES
I-INTRODUCCIÓN
Para permanecer en España de forma legal durante toda esta etapa formativa, como cualquier ciudadano extranjero extracomunitario, se hace necesario tramitar una Autorización de Estancia por Estudios
Esta autorización se caracteriza por que tiene una duración de un año y que como cualquier otro permiso se puede renovar una vez llegado su vencimiento.
II-RENOVACIÓN DE LA TARJETA DE ESTUDIANTE
Jurídicamente la renovación de la tarjeta de estudiante se conoce
como la Prórroga de autorización estancia por estudios, es una
prórroga anual de esta autorización para realizar en España
estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios
de voluntariado. También se autoriza la prórroga anual de la estancia
de los familiares de los extranjeros en situación de estancia por estudios,
intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.
III-REQUISITOS PARA RENOVAR LA TARJETA DE ESTUDIANTE
Son los siguientes :
-a-No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
-b-Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
-c-No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
-d-Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías :
-d1-Para su sostenimiento.
-d2-Para el sostenimiento de sus familiares.
-e-Contar con un seguro público o privado de enfermedad que cubra los riesgos normalmente asegurados a los ciudadanos españoles.
-f-En el supuesto de estudiantes menores de edad que no estén acompañados de sus padres o tutores, autorización de éstos.
-g-Acreditar que se siguen reuniendo los requisitos específicos respecto de a la actividad para cuya realización fue autorizado a permanecer en España (ver la hoja informativa correspondiente).
-h-Haber superado las pruebas para la continuidad de sus estudios, o continuar con las prácticas no laborales o continuar los servicios de voluntariado. Este requisito podrá acreditarse a través de la realización de estudios o investigaciones en el territorio de otro Estado miembro de la Unión Europea, en el marco de programas temporales promovidos por la propia Unión.
IV-DOCUMENTACIÓN PARA RENOVAR LA TARJETA
DE ESTUDIANTE
Es la siguiente :
-a-Impreso de solicitud en modelo oficial, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero o su representante legal en caso de ser menor de edad.
-b-Pasaporte o título de viaje en vigor.
-c-Documentación acreditativa de disponer medios económicos necesarios para el período que se solicita y para el retorno al país de procedencia.
-d-En el supuesto de estudiantes menores de edad, autorización de padres o tutores en la que conste el centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto.
-e-Documentación acreditativa de disponer de seguro médico.
-f-Documentación acreditativa de reunir los requisitos específicos respecto de la actividad para cuya realización fue autorizado a permanecer en España.
-g-En su caso, documentación acreditativa de haber superado las pruebas y continuar con los estudios, la investigación o formación, las prácticas no laborales o el servicio de voluntariado.
-h-Tasa administrativa.
-w1-Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.
-w2-Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
-w3-Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.
-w4-Para obtener más información sobre la traducción y legalización de los documentos se podrá consultar la hoja informativa.
V-MOMENTO EN EL QUE SE DEBE RENOVAR LA TARJETA DE
ESTUDIANTE
Como cualquier tarjeta se debe renovar el permiso para poder seguir en España
de forma legal.
Aquí se dispone de dos plazos :
-a-Dentro de los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de la autorización.
-b-También se podrá presentar dentro de los 90 días naturales posteriores, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.
VI-LUGAR DONDE PRESENTAR LA RENOVACIÓN DE LA TARJETA DE ESTUDIANTE
Particulares :
-a-La renovación de la tarjeta de estudiante se debe hacer en la Oficina de Extranjería, la que te corresponda por tu lugar de domicilio.
-b-La oficina dispone de un plazo de 3 meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente en su tramitación.
-c-Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
-d-Cuando no se haya podido notificar la resolución se anunciará en el Tablón Edictal Único (TEU). Si se hubiera optado por notificación electrónica o normativamente estuviera obligado a utilizar ese medio, la resolución se notificará mediante publicación en la sede electrónica. Si no se accediera a la resolución en 10 días hábiles desde su publicación se dará por notificada.
VII-SOLICITUD POSTERIOR DE LA TARJETA DE ESTUDIANTE
Solicitud de la copia física-En
el plazo de un mes desde la notificación, el extranjero deberá
solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero en la Oficina
de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde
se haya tramitado la autorización.
Tramite de la huella-El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje y aportará :
-a-Solicitud de tarjeta de extranjero, en modelo oficial.
-b-Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.
-c-Tres fotografías
recientes en color, en fondo blanco, tamaño carnet.